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anade302

casero/a

Actualización renta

Ha llegado el momneto de actualizar la renta a mi inquilino, pero he hablado con el y me da largas para darle la actualizacion...es necesario el que acepte y firme la actualización en prueba de conformidad o basta con mandarsela por burofax y tiene que acatarla...gracias

  • Preguntado por: anade302
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola anade:

    la actualización de la renta debe realizarse por escrito. Adjunte asímismo certficado del ine.

    reciba un cordial saludo

  • anade302

    casero/a

    Gracias por vuestras respuestas...el contrarto se hizo en junio de 1977 y fue actuliazada su renta cuando se publico la nueva lau de 1995 se actualizo en los 8 años siguientes de acuerdo con la nueva ley...se le han ido actualizando las rentas a partir de ahi cada año....el los ultimos 2 años estuvo sin actualizarse la renta ya que dejamos pasar el tiempo por la situacion de crisis nacional...se volvio actualizae en 1 febrero 2011 con el ipc de mayo 2009 a 2010....ahora vamos a practicar la actualizacion de mayo de 2010 a mayo de 2011 para aplcarla en junio, pero el inquilino se hace el loco y nos dice que ya nos llamara y no nos coge el telefono...el pago nos lo hace por transferncia..mandandole un burofax seria efectiva la notificacion o debe aceptarla firmandola...si se niega a pagar que se puede hacer.

    • Respondido por: anade302
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola anade:

    si se trata de un arrendamiento de vivienda en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre su consulta:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/como-debe-actualizarse-tu-alquiler-durante-los-primeros-cinco-anos/

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En algunos contratos d earrendamiento basta una comunicación escrita de la liquidación y la repercusión en el siguiente recibo.

    PHOLMO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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