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qu

casero/a

Si al alquilar el piso contrato un seguro de impago, ¿esto me desgravaría a la hora de hacer la declaración de la renta?
No sé si pedir un aval bancario o contratar un seguro de impago.
  • Preguntado por: qu
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    El seguro es un gasto deducible de los ingresos. Para saber más, puede escribir "gastos deducibles" en la ventana de búsqueda de este blog.

    En cuanto a su segunda duda, ambas opciones tienen caducidad y dejan espacios de riesgo. Prefiero otras, en primer lugar la confianza basada en hechos y, si no es posible, un fiador solidario con inmueble inscrito en el registro de la propiedad. Ambas son eficaces y mucho más baratas, gratis o tres euros de una nota simple del registro.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Puede considerarse un gasto necesario de ese alquiler.

    Mi consejo es que un aval bancario es mucho mejor, si se lo conceden demuesta que el inquilino es solvente.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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