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Ricardo Herrera Moli

casero/a

¿Puedo alquilar una vivienda como oficina?, ¿cómo tengo que cobrar el recibo?

Mi duda es la siguiente: Soy un particular asalariado y voy alquilar una vivienda como oficina en una casa de planta baja sin comunidad. Es Legal? Cómo tengo que cobrar el recibo? Tengo que efectuar alguna retención, declaración de IVA, etc.

  • Preguntado por: Ricardo Herrera Moli
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    porqué no va a poder alquilarla como oficina? yo creo que si que puede, sólo cambia la forma de pago, nada más.

    haces un recibo desglosado, donde restas IRPF y sumas el IVA y ya esta.

  • manuel josé

    casero/a

    Entiendo  que  UNA   VIVIENDA  no puede alquilarse  como oficina.  Su uso  es ser vivienda habitual y permanente.

    uNA HABITACIÓN ( O DOS) podría alquilarse  como oficina. La diferencia serían  2  meses de fianza. Prevalecería más que la L.A.U.  la voluntad de las partes y, en lo no especificado, el Código Civil.  Tendrías que figurar en el documento CENSAL DE HACIENDA, pagar IVA  TRIMESTRAL  y el ANUAL ( Recopilación de los trimestrales).

    El recibo  como en un local de negocio,retenciones del 19%  que  descuentas de la renta y que el arrendatario entregará en hacienda;  sumarás el IVA  que en Julio pasa a ser 19%,  añades otros conceptos  y tienes el importe total.

    Cuando hagas la declaración  descontarás  el total de retenciones.  saludos,

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