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Cristina Santiago

inquilino/a

Mi casera me ha cambiado el contrato de cinco años que renove hace 2 , por otro igual que pone con su letra y puño indefinido

Lo hace para protegerme de sus hijos ya que es muy mayor.

Le he dicho que quería poner la calefacción y ella me ha dicho que me cambiaba el contrato por uno indefinido, y así lo ha hecho.

Los modelos de contrato son iguales pero no lo ha rellenado tan bien como los antiguos, solo ha puesto nuestros nombres y la dirección de la casa pero sin número y sin el nombre del pueblo, vamos que no ha rellenado todos los datos completos, por ejemplo no pone los NIF, ni el número de la calle.

Pero esta firmado y fechado el día 1 - 9- 2012

Además está la hoja de condiciones firmada por las dos caras donde pone:

Referentes a las viviendas... Extendido en contrato de clase/serie..  .. nº 0000510

1º El plazo de duración del presente contrato es de INDEFINIDO

¿Es correcto el contrato como indefinido?, Pensaba que este tipo de contrato ni existía ya, ¿estare protejida contra los hijos cuando ella ya no esté entre nosotros?

¿Podria tener problemas con los hijos en el futuro por no tenerlo bien rrelleno?

  • Preguntado por: Cristina Santiago
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si quiere "protegerla", lo que debería es darle el usufructo cuando se muera. Eso se hace ante notario, en el testamento. Tb se puede delimitar el usufructo, por ejemplo solo siendo válido mientras haga uso de la vivienda, y no para que la pueda poner en alquiler, por ejemplo.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    ¿Es correcto el contrato como indefinido?

    La duración de un contrato de arrendamiento como indefinida es un error, si ha pactado el alquiler en meses ese contrato durará UN MES, y se irá prorrogando por el mismo periodo mensual hasta que el arrendador decida darlo por terminado, para lo cual solamente deberá preavisarle con treinta días.

    Los llamados alquileres de 'renta antigua' no eran de duración indefinida lo que ocurria y ocurre es que el arrendatario/inquilino tenía la facultad de prorrogarlos a su voluntad y esta facultad era obligación para el casero.

    Por lo tanto no está protegida en modo alguno.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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