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micky1976

casero/a

Hace cinco años este proximo octubre que tengo alquilado mi piso. Que pasos tengo que seguir pues quiero se vaya mi inquilino

En octubre de 2013 cumplira mi inquilino 5 años de alquiler. Quisiera saber que debo hacer pues necesito mi piso cuanto mas pronto mejor.

  • Preguntado por: micky1976
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    micky1976 La forma de finalizar ya te la han apuntado.Si quieres recuperar antes de octubre,deberás hablar y pactar por escrito con el inquilino.

    Deberías leerte el "decálogo del casero"

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola micky:

    coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm

    reciba un cordial saludo.

     despacho Armando García Fernández.

     http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debes notificarle con 30 dias de antelación al cumplimiento del 5º año de tu intención de no renovar el contrato (tiene que quedar constancia de esta notificación, bien contrato firmado o burofax con certificación de texto).

    El dia de la salida de la vivienda debes firmar el contrato de fin de arrendamiento, indicando en este cualquier incidencia y el estado de la vivienda, a los 30 dias de la firma de este contrato debes devolverle la fianza, y solo podrás descontar de ella los suministros consumidos e impagados de la parte arrendataria y lo reflejado en este contrato.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puede irle avisando ya, si lo desea.

    la ley dice que debe avisarle al menos 30 días antes de la finalización del contrato.

    pero puede avisarle ya por si él quisiera irse antes (al saber que no va a haber más prórrogas)

    saludos - Papeleos Alquiler.

    Ah, los avisos por escrito, datados y firmados. O por burofax con certificación de texto y acuse de recibo

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