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Juan Castillo

casero/a

El contrato va a nombre de dos. ¿Qué cláusula puedo poner para que una parte se haga cargo de los gastos, si la otra falla?
Voy a alquilar a dos estudiantes y el contrato que yo mismo he redactado va a nombre de los dos. Mi preocupación es que si se enfadan, .... y uno se va, el otro se tiene que hacer cargo del alquiler al 100% o se puede poner una cláusula para estos casos.
  • Preguntado por: Juan Castillo
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Cláusula.-

    Garantizan el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contenidas en este contrato como fiadores sus padres, ambos con domicilio en ............, calle ..........................: Don ........................................, con DNI ................. y Doña ....................................., con DNI ................., quienes, estipulando expresamente la solidaridad entre ambos, se constituyen en fiadores solidarios e indefinidos del arrendatario, convirtiendo en suyas las obligaciones de éste y consienten en las prórrogas que se otorguen al arrendatario para el pago de sus obligaciones. La responsabilidad de los fiadores, aunque se prorrogue el contrato, seguirá vigente hasta que, observadas y cumplidas todas las condiciones del mismo y satisfechas todas las rentas, recibos, servicios y suministros pendientes, gastos de reparación de los desperfectos ocasionados en la finca, etc., el arrendador o su administrador se haga cargo de la misma a su satisfacción y reciba las llaves.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si firman el contrato solidariamente los dos son responsables al 100%. Si un mes uno no anda mal de dinero, el otro deberá poner su parte para evitar un impago de renta y un posible desahucio.

    Puedes expresarlo por ejemplo así:

    "El arrendamiento de la vivienda objeto del presente contrato se realiza de forma solidaria por los dos arrendatarios y, de igual forma, responden individual y solidariamente de todas y cada una de las obligaciones y gozan de los mismos derechos que posteriormente se citan, así como de aquellos que, de acuerdo a la Ley de Arrendamientos Urbanos, les sean aplicables"
  • manuel josé

    casero/a

    Normalmente al hacer contrato a dos personas se dice de forma solidaria. Ello permite a la parte que se queda a pagar el 100%. Cada una de ellas, en tanto estén en el piso son responsables al 100%. Al marchar una habría que hacer un anexo en el mismo contrato que a partir de esa fecha es responsabilidad de la que queda todo,renta,consumos,....etc

    Si fuera el alquiler mancomunado cada una sería responsable de su parte y, al marchar una de las dos, se rescindía el contrato.

    Dices que son estudiantes. Podrías hacer un contrato de temporada con cláusula en la que se indique cuál es su vivienda permanente para que no se transforme en contrato normal. No tendrían prórrogas.

    Ello no sería obstáculo para hacer un contratro nuevo a esa persona sola o si encuentra otra interesada.
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