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virginblue

inquilino/a

Dejo el piso y me obligan a pagar el año entero
El dueño es una empresa, dueña de toda la urbanización. Tienen una subvención y el 40% de los pisos son de alquiler en régimen especial (el mío). Me vence el contrato en Diciembre. Quiero dejar el piso en Julio avisando con 1 mes de antelación, porque me han adjudicado una vivienda VPPB y me dicen que tengo que pagar el año completo esté o no en la vivienda, a no ser que encuentren a otro inquilino. ¿Esto es legal? ¿No podría considerarse cláusula abusiva y nula de pleno derecho?
  • Preguntado por: virginblue
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Vas a tener que hacer la pregunta fuera de este post para que la vea un abogado y conteste.

    Yo no lo sé.

    Pero sé que es, además de tu abogado y procurador, los gastos de los de la otra parte... y no se si hay algo más..
    Lo siento
  • virginblue

    inquilino/a

    Hola, muchas gracias de nuevo. No me importaría dejarles la fianza, no es un importe elevado. Lo que me gustaría es llegar a un acuerdo utilizando si no queda más remedio el tema de la gotera, ya estoy esperando a que se ponga en contacto conmigo un abogado de mi seguro para estudiarlo. Por cierto, ¿a cuánto podrían ascender las cosas de un juicio si me demandasen y el juez fallase a su favor? porque la cantidad de renta que me reclaman asciende a 2000€.

    Muchas gracias de nuevo,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Artículo 21: Conservación de la vivienda.

    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido...
    ....
    Artículo 27: Incumplimiento de obligaciones.
    ....
    3. Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
    a) La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere el artículo 21.

    Como ves, sí podrías resolver el contrato por tus reparaciones no hechas... pero la forma de hacerlo es demandando. (No sé si eso entrará en la Defensa Jurídica de tu seguro)

    Pero creo que te interesa más demandar tú que ser demandado. Pero asegúrate con un abogado. Vamos espera a ver si uno de ellos dice algo en este post.

    Porque el acuerto de "dejar la fianza" como indemnización y olvidarte de juicios no te parece aceptable ¿verdad?

    A mí me lo parecía hasta que me contaste lo de los 2 años con las goteras ...
  • virginblue

    inquilino/a

    Muchas gracias, Amparo. El hecho es que yo me pongo a su disposición para que comercialicen la vivienda y, además, tengo una gotera en el techo de la cocina desde hace 2 años, les he informado varias veces telefónicamente y también por fax, y no lo han reparado. Estoy pensando en que venga un perito del seguro y me haga un informe y alegando que no han cumplido su parte de las reparaciones rescindo el contrato. ¿esto es viable? Por otro lado, tengo contratada defensa jurídica con mi seguro de hogar. ¿A cuánto podrían ascender las costas si me demandasen? Es un juicio civil ¿no? Muchas gracias por su respuesta,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo que te han dicho es la jurisprudencia.

    En casos como el tuyo, el juez condena al inquilino a pagar las mensualidades hasta que encuentren a otro inquilino. Y lo peor, también le condena a pagar las costas.

    Intenta llegar a un acuerdo de resolución bilateral a cambio de que se queden con 1 mes de fianza como indemnización.

    Ese pacto suele hacerse con frecuencia para evitar un juicio, que no es plato de gusto para nadie.
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