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welt05

casero/a

El dueño del piso no me ha traido para firmar el contrato de proroga de arrendamiento de vivienda de este año!!!

El dia 1 de diciembre de 2008 he firmado el contrato de  arrendamiento de 1 año,prorrogable  a peticion hasta 5 años.Cada año dia 1 de diciembre el peoprietario me prezentaba  el contrato de prorroga para firmarlo.Año pasado el dia 1 diciembre 2012 no  ha  venido con el contrato y tampoco ha llamado  para decir algo de esto, practicamente la  ultima prorroga  que firme   ha  terminado  la vigencia dia 1 de diciembre 2012.La pregunta es si yo puedo  dejar el piso ahora si le aviso con 30  dias de antelacion y tambien recuperar la fianza.Tambien tengo  que  decir  que en el  contrato inicial de arrendamiento ai una estipulacion que dice: ¨El Arrendatario preavisara al arrendador su cese con una antelacion minima de dos meses.¨

  • Preguntado por: welt05
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola welt:

    coincido con la respuesta de mi compañero pedro y le sugiero la lectura del siguente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl



     

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Sin necesidad de firmar nada, tu contrato se prorroga hasta los 5 años de forma anual, es decir, que finaliza la prorroga vigente el 1/12/13.

    Hasta esa fecha estás obligado a pagar la renta y tendras que avisar con un mes de antelacion, no dos, antes de esa fecha si quieres marcharte, de lo contrario vuelve a prorrogarse.

    Recuerda que esta vez el arrendador ya si puede dar por finalizado el contrato en la fecha indicada con el mismo preaviso y siempre de forma fehaciente.

    Si quieres negociar una salida anticipada, que parece ser que tu contrato no contempla, puedes hacerlo, pero en todo caso depende de la voluntad del arrendador dejarte salir o no y bajo sus condiciones.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


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