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Paramio

casero/a

¿Estoy obligada a bajar el alquiler?
Tengo un piso alquilado desde Noviembre, ahora hay que revisarlo y el IPC es negativo, Yo se que no se le puede subir, y lo acepto, pero estamos obligados a rebajar la renta.
  • Preguntado por: Paramio
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (17)
Ramon Ruiz ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    noelialeon,

    Lo de plantear tu pregunta entre las respuestas a Paramio, qué es ¿para que tu intervención te cuente como respuesta y en tu currículum nadie sepa que tienes dudas?

    Como ves, en este foro hay participantes que son muy tolerantes y, pese a todo, te contestan sin reservas.

    La respuesta de Amparo BB es para nota. Aunque hay que reconocer que la pregunta era bastante elemental.

    Ramón Ruiz.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    noelialeon

    Si tu contrato cumplía años a primeros de julio le correspondía haberse actualizado con el IPC de mayo (-0,9%). No puede aplicarse retroactivamente, pero podrás rebajar la renta a partir del mes siguiente al que se lo comuniques.
    Te dejo el artículo 18 de la LAU.
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18
  • antonio arrendamiento

    profesional

    Sin duda tienes que actualizar la renta, lo cual supone bajarla cuando el IPC baja. De todas formas yo estoy revisando todo el periodo arrendaticio, es decir, imagínate que un año no le subiste el IPC, pues ahora puedes recuperarlo para moderar la bajada y no practicársela en base a un recalculo general, para ello solo tienes que ir a www.ine.es y en calculo de rentas actualizas el contrato desde el principio hasta la actualidad de ese modo evitas bajar la renta e incluso podrás subirsela un poco. Si siempre has actualizado sin tregua para el inquilino, no seas rata y bájasela o compénsale de otro modo (reparaciones, no le subas el año que viene, etc).

    Antonio atiende en http://www.arrendamientos.net/
  • noelialeon

    inquilino/a

    Hola, me gustaría saber cuándo deben aplicarte la bajada del alquiler. Llevo viviendo de alquiler desde julio 2008 en Madrid, ya sabéis como está aquí el alquiler (de engaño) y la propietaria no me ha comunicado nada.

    Gracias por la información, sino ni yo, ni mucha gente, nos hubiéramos enterado de este derecho.
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Desyre,
    Lorena Rodríguez,
    Miguel A. Echegaray.

    No soy yo quien para dar lecciones y todos estamos expuestos a equivocarnos pero, yo creo que todos los que participamos en este foro disponemos de la LAU. No estaría de más que, antes de dar esas respuestas contundentes (que parecen estar pregonando: "Esto es así, porque lo digo yo y ¡Basta!") os leyeseis el Artº 18 de la mentada LAU.

    Desyre dice "no estás obligado, sólo es cuestión de moral" Leyendo el artículo citado te darás cuenta que "no estás obligdo" si te pasas la ley por el arco del triunfo.

    Lorena Rodríguez dice "Si ambas partes están de acuerdo en que se ajuste al IPC, estás obligada a bajarlo" La ley dice "Será exigible al mes siguiente en que la parte interesada lo notifique a la otra parte"
    Es decir, que es exigible, aunque alguna de las partes no esté de acuerdo.

    Miguel A. Echegaray afirma "Depende de como esté redactada la cláusula del contrato"
    Yo te digo, de cómo esté redactada esa cláusula, dependerá mayormente que el contrato sea o no legalmente correcto. Si pone otra cosa, el contrato seguirá siendo legalmente válido, pero esa cláusula será nula. La LAU concreta que, durante los 5 primeros años, habrá de aplicarse, anualmente, la variación experimentda por el Índice General Ncnal. de Precios al Consumo.
    Sobran por tanto las razones de "equidad" y "tendencia del mercado". Es así por ley y punto.

    Perdonen mi aparente soberbia.

    Ramón Ruiz.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No depende de nada... La LAU es superclarita en ese aspecto. Se actualiza con el IPC, y la parte interesada comunica a la otra parte la nueva renta.

    Y (también según la LAU) cualquier cosa que contradiga eso perjudicando al inquilino... es nula.
  • Miguel A. Echegaray

    profesional

    Depende de como esté redactada la cláusula del contrato de alquiler en la que se especifica cuándo, cómo y en base a qué índice se revisará la renta del alquiler. En principio entiendo que, al ser la coyuntura muy poco , estas cláusulas se redactan amparando únicamente la posibilidad de que el IPC sufra un incremento, no obstante aún no habiendo sido redactado explícitamente el escenario contrario, está Ud. obligada a bajarlo salvo que en el contrato se especifique lo contrario, y ello por 2 razones fundamentales: 1.- Por un simple principio de derecho natural de equidad, si el inquilino llevase el caso ante un tribunal, lo ganaría. 2.- En estas circunstancias la tendencia del mercado de alquiler será hacia la reducción de las rentas, con lo cual si Ud. se empeña en no bajar la renta ajustándola al mercado, perderá a un inquilino que optará finalmente por cambiarse a otro inmueble con una renta acorde con el mercado.
  • Roberto Zuloaga

    inquilino/a

    Pues como abogado que soy y con más de 25 años de experiencia te lo digo sí estás obligada.Ya las 7 partidas decían de cualquier manera que se obligare el hombre obligado queda. o sea que si en el contrato se pacta el arrendamiento en funcion del IPC el crecimiento puede ser positivo al alza o negativo a la baja como es este caso, y lamentándolo mucho deberás bajarlo. Un saludo, espero haberte aclarado el tema
  • Lorena Rodriguez

    inquilino/a

    Si ambas partes están de acuerdo en que se ajuste al IPC, estás obligada a bajarlo.
  • deshyré

    inquilino/a

    Hombre yo creo k tal y como estan las cosas, no estaría mal que lo bajaras, además tendrías contento al inquilino, lo digo como persona joven k soy tengo 21 años y mi novio y yo estamos buscando casa y es que los alquileres están ya por la nubes también, k a veces te sale más a cuenta una hipoteca porque al fin y al cabo en un futuro será mía. Pero tambien te digo k no estás obligado sólo es cuestión de moral.
    • Respondido por: deshyré
    • Hace 15 años
  • jareño

    profesional

    El alquiler fluctua en la medida que lo hace el IPC. Si lo bajas, no creo que sea mucha la cantidad.

    En cualquier caso, mejor consultar con un profesional.

    Javier, Abogado, 652416085. Por supuesto, no soy de los que cobran 600 euros por un contrato de arrendamiento para vivienda.
    • Respondido por: jareño
    • Hace 15 años
  • lola comes

    profesional

    Si debes actualizar tu renta conforme la bajada del I.P.C., aunque muchos propietarios si el I.P.C ha subido suben la cuota pero si baja no tocan la cuota, esta segunda opción no es correcta.
  • lidia_puig

    profesional

    No solo que deberías si no que tienes que hacerlo, y no como dice alguno, "hasta que te lo pidan", no no, hay que tener principios!!, a ti te gustaria que tus inquilinos causaran un destrozo en tu piso, lo ocultaran hasta conseguir la fianza, y se marcharan sin decirlo?... verdad que no!!.... Pues no seamos como no nos gustaria que sean con nosotros.

    Tranquila que no creo que la rebaja suponga mucho dinero, después de todo lo que se ha especulado hasta ahora con los pisos, no lo considero perder, si no, "ganar un poco menos"... tómatelo asi.

    Que vaya bien, y haz las cosas como te gustaría que las hicieran contigo.
  • alicia de codina sol

    casero/a

    Soy casera e inquilina y creo que si el contrato pone que se aplique el IPC nos toca bajar. Hay que estar para lo bueno y para lo malo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si tu contrato cumple a primeros de noviembre, corresponderá actualizarlo con el IPC de septiembre, que se publicará sobre el 13 de octubre. Si la tendencia es como la actual, será probablemente negativo.

    Pero las cosas son así.

    A mí, como arrendadora, me parece justo. Yo no he esperado a que mis inquilin@s me lo reclamen, se lo he comunicado yo misma como he hecho otros años en los que correspondía
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