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Fernando57

casero/a

¿Existe algún contrato que contemple el alquiler de piso compartido por varias personas como estudiantes o trabajadores?

Tengo un piso compartido por 3-4 personas hace varios años pero, menos uno que lleva 8 años los demas van rotando uno o dos años quiere decir que en el paso de los años ha habido varias personas, declaro mis ingresos en mi renta legalmente;la luz, gas ,agua y comunidad lo pago yo y estan a mi nombre y cada dos meses les espongo los recibos y me pagan sin ningun problema

Yo les hago un documento en el cual estan sus datos y los mios direccion del piso y expongo que le alquilo una habitacion en piso compartido el precio mensual mas uno de fianza y que los gastos se comparten con duracion de un año renovable,

En alguna ocasion alguno no me ha pagado y le he pedido que se fuera, pero no se hasta que punto si alguien no se quiere ir por las buenas le puedo despachar legalmente por eso quiero saber como puedo y con que tipo de contrato me puedo asegurar

  • Preguntado por: Fernando57
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Fernando:

    Le aconsejo la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-habitacion-en-piso/

    después le aconsejo que lea el siguente:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Añado a lo anterior que eso no impide que en cualquier momento un arrendatario sustituya a otro, pero en ese caso la "subrogación" deberá ser expresamente aceptada por todos, propietario, antiguo y nuevo inquilino, y los inquilinos que permanecen.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    La única diferencia consiste en establecer cuál será la forma en que los inquilinos se obligan frente al arrendador para cumplir el contrato en todos sus aspectos, fundamentalmente el pago de la renta, pero también responsabilidad por daños, validez de las comunicaciones etc:

    Es recomendable establecer expresamente que los inquilinos actúan en régimen de solidaridad entre ellos. Así actuarán como si fuera uno solo, de manera que:

    - en caso de impago, el propietario puede reclamárselo a cualquiera de ellos.

    - lo que el inquilino comunique a cualquiera de ellos surte efectos frente a todos.

    - la notificación realizada al propietario por cualquiera de los inquilinos sirve como si la hubieran hecho todos.

    - Para interrumpir el régimen de prórroga previsto por el artículo 9 de la LAU, bastará con que uno de los inquilinos lo comunique fehacientemente al propietario, y eso obligará a todos los demás.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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