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MINGO

inquilino/a

Me gustaría saber como proceder, como inquilino, con respecto a Hacienda, ¿yo tengo que declarar el piso?, ¿el casero?
Además , esto lo pregunto, para poder saber cómo gestionar las posibles ayudas a inquilinos , menores de 30 ó 35 años.
  • Preguntado por: MINGO
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tanto el casero como el inquilino deben declarar a la AEAT sus circunstancias.

    El casero los alquileres percibidos como rendimientos de bienes inmuebles arrendados, en las condiciones que señala la Ley del IRPF.

    El inquilino debe declarar su condición de tal y consignar la referencia catastral de la vivienda que ocupa.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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