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Marisol

casero/a

Pago renta anual
Hola, soy propietaria de una vivienda y acordamos, a petición del inquilino, el cobro por adelantado de todo un año a cambio de rebajar algo el precio. En el contrato consta que cada año el inquilino puede optar por seguir pagando anualmente, o  pasar a pagar mensualmente (en este caso no se aplica la rebaja y el precio es superior). Les pedí que la 1a anualidad la ingresaran en 2 pagos (un primer pago en 2017 correspondiente a los meses de alquiler de ese año y en enero del 2018 el 2° pago de los meses del 2018) porque fiscalmente no me convenia que se imputara todo en el 2017, y les pareció bien. Ha pasado un año y el inquilino dice ahora que me hará 2 pagos, uno ahora y el otro en marzo o abril...porque  a él le va bien así, alegándome que a mi me convino el 1er año y ahora le conviene a él. ¿Puede hacer esto? A mi me parece que se está aprovechando pues la rebaja en el precio es para un pago anual. Gracias
  • Preguntado por: Marisol
  • Hace 6 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Habría que leer ese contrato, parece que lo lógico aquí es que le devolviera esa cantidad y le indicara que debe pagar el alquiler sin rebaja, si el asunto llega a los Tribunales el resulatdo es imprevisible. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Marisol

    casero/a

    Gracias Pholmo. El pago anual fué a petición del inquilino para obtener una rebaja en el precio, y así lo reflejamos en el contrato. NO le exijo que siga pagando anualmente. Puede optar por pagar mensualmente sin la rebaja. Pero él, de manera unilateral, me ha hecho transferencia para el pago de sólo 6 meses por adelantado, y al precio rebajado. Esta opción no queda recogida en el contrato. ¿Puede considerarse un incumplimiento contractual?
    • Respondido por: Marisol
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marisol usted debe tener en cuenta que la ley le prohíbe exigir más de un mes por adelantado, y esa prohibición no puede ser dispensada ni siquiera por el consentimiento del inquilino.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
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