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voliquay

casero/a

Soy propietario al 100% de mi vivienda habitual. ¿Puedo hacer un contrato de alquiler de habitación en casa compartida?

Mi piso tiene 4 habitaciones. Una la uso yo y las otras 3 las he alquilado haciendo un contrato a cada persona como alquiler de habitación en vivienda compartida. Es legal la fórmula? Cómo se valora esto a efectos fiscales? De la cantidad global que cada inquilino paga se puede descontar las partes proporcionales  de comunidad, Ibi, tasa de residuos. agua, gas, luz, tlefono y materiales y procuctos necesarios para el aseo comun de todos y la limpieza necesaria  de la vivienda? Todos estos gastos los divido en 4 partes iguales. Yo pago una, igual que cualquier inquilino. ¿Estoy haciendo bien las cosas? Cómo tengo que declarar el dinero que recibo por el alquiler? Estos ingresos por alquiler tienen algún tipo de reducción o bonificación para mí?

 

Gracias y un saludo para todos

  • Preguntado por: voliquay
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Está hablando en definitiva d eun conrato d ehospedaje y no veo problema en repercutir los gastos de l mismo a los huespedes. Debe recordar que se trata de un arriendo sujeto a IVA.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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