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Cordobesa

inquilino/a

¿Qué puedo hacer si el dueño no me devuelve la fianza?

Contrato de agosto de 2010

comunicamos abandono el 30 de mayo. Nos fuimos el 30 de junio. El propietario no manifestó intención de reclamarnos por incumplimiento.

el 2 de julio firmamos un documento de rescisión (no se hicieron constar desperfectos).

la fianza eran 540 euros y nos ingresó 50 euros como devolución, alegando: suciedad, en concreto detrás de los electrodomésticos (sic);        bombillas fundidas; Deterioro de las paredes (rozaduras en los apoyos del sofá o del colchón).

ni presentó presupuesto en su día, ni nos ha enviado facturas.

en el contrato decía "la fianza se devolverá (. ) descontando posibles desperfectos, salvo los originados por el buen uso ordinario del inmueble”.  

tenemos un video de unos 5 minutos en el que se aprecia que el estado general de orden y limpieza era bueno.

mi consulta es:

1- Cómo le reclamo el detalle del descuento.

2- si no estoy de acuerdo con el mismo (o si no me lo facilita), ¿Qué puedo hacer (sin que me cueste más que lo que quiero recuperar)?

 

  • Preguntado por: Cordobesa
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Cordobesa

    inquilino/a

    Por si podéis darme una nueva ayuda. Me he estado informando sobre el proceso monitorio y el juicio verbal como formas de no incurrir en costes, dada la baja cuantía a reclamar. 

    La ley dice que el proceso monitrio deberá tramitarse ante el Juzgado de PI correspondiente al domicilio del deudor. El problema es que el propietario vive a 600 ó 700 km, con lo cual puede ser una putada tener que ir hasta allí una o varias veces.

    En otro sitio he leído que, en el caso del juicio verbal, si la deuda reclamada corresponde a una renta de un inmueble la demanda puede presentarse en el juzgado correspondiente al inmueble. Al tratarse de una devolución de fianza por el alquiler de un inmueble, ¿podría tener la misma consideración?

  • Cordobesa

    inquilino/a

    Muchas gracias a todos. Ya os contaré. Un abrazo a toda la comunidad.

  • Paolo_x

    inquilino/a

    2 contra 1, esta claro que tienes posibilidades; sobre todo si coinciden estos dos.

     

    recuerda luego venir a contarnos la experiencia, que asi aprendemos!

     

    saludos, 

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Yo tampoco veo que, en este caso, se pueda alegar incumplimiento de contrato, pues debería haberse indicado en el documento de finalización de contrato.

    Acuda al juzgado e interponga un juicio monitorio reclamando su fianza y los intereses legales devengados.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Cordobesa

    inquilino/a

    Muchas gracias, Pholmo, ya he consultado su blog, que me parece de mucha utilidad, especialmente el decálogo del inquilino y del casero (ojalá lo hubiera conocido antes).

    ¿Debo entender, por lo que me dice, que tengo posibilidades de obtener la devolución, y sin temor a que el propietario me demande por incumplimiento (dado el documento de rescisión del que tengo copia)?

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En este caso no coincido con Pablo:

    Copio: el 2 de julio firmamos un documento de rescisión (no se hicieron constar desperfectos). Si tiene copia firmada de ese documento y no ha admitido pacificamente el descuento de 500 euros,considero que tiene posiblidades de obtener esa devolución.

    Lo del cambio de arrendador tal como lo describe lo admitió sin protesta ahora ya nada puede reclamar por ahí.

    Suerte, 'paisana'

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Cordobesa

    inquilino/a

    Muchas gracias, Paolo_X.

    Alguna consideración:

    - Efectivamente, yo incumplí dos meses, si bien mi actitud fue en todo momento de buena fe. Lo avisé con antelación y le di todas las facilidades para que lo pusiese en alquiler desde el mismo momento en que le di el aviso y le ofrecí que pudiesen venir a verlo posibles inquilinos. 

    Por otro lado, hay un detalle que podría ser importante. Ojo, que es un poco enrevesado.

    Los propietarios eran un matrimonio, digamos Juan y María. El contrato que firmamos estaba a nombre de María. Pero después se divorciaron y me dijeron que Juan se quedaba con el piso y pasaba  a ser el casero, pero no hicimos un nuevo contrato ni modificamos el antiguo. Sólo cambiamos la domiciliación bancaria y mi interlocutor pasó a ser Juan.

    ¿Podría entenderse esto como una modificación unilateral del contrato (por su parte) y quedar por tanto eximido del cumplimiento íntegro del mismo?

    ¿Y así poder reclamarle la fianza sin miedo a posibles represalias?

     

  • Paolo_x

    inquilino/a

    A ver, paso por paso.

     

    te fuiste dos meses antes de tiempo.

    el que el contrato o el fin de contrato no indique indemnización por marcha anticipada, no implica que no pueda pedirla.

     

    dicho esto, los conceptos que alega para no devolverte la fianza no son aceptables; pues ni la limpieza ni el gasto por uso son exigibles en españa.

     

    dicho esto, como te fuiste antes de tiempo; yo mejor me callaba, no sea que le de por demandarte por los 2 meses que le debes; que imagino son mas que los 500€.

     

    puedes reclamarle; pero si tensas la cuerda, igual la jugada te sale mal.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
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