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horst

casero/a

en Tenerife tengo en mi casa dos habitaciones que quiero alquilar a turistas por temporadas, que normativo tengo que respetar

las habitaciones no tienen contadores de luz, agua ni gas, son mis habitaciones donde duerman mis hijos cuando no tengo turistas.

Que normas hay que respetar para ser legal. Quiero pagar tasa o impuestos, cuales, como

 

Agradesco informacion.

  • Preguntado por: horst
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
horst ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En la comunidad  canaria la normativa sobre alquiler turístico es muy exigente y practicamente considera turístico todo arriendo que no sea de vivienda, solo puedo recomendarle la lectura de este articulo que publiqué sobre el tema.

    para ampliar más o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • horst

    casero/a

    Gracias,

    desafortunamente no puedo contratar servicios, tengo regimen muy, muy limitado por eso necesito alquilar 2 habitaciones.

    que terminos de un contrato lo hacen el contrato "turistico"????  ¿su duracion?, ¿ la razon de la visita del inquilino?  ¿la direccion del inquilino?  O por ej. si el inquilino busca trabajo o esta en mi habitacion  o porque el busca comprar una casa/apartamento ??????

    necesito saber que TIPO de contrato hacer con el. O tal vez un ACUERDO VERBAL ? O tal vez incluir un tipo de servicio que no lo hace el contrato ningun alquiler ???

       No quiero evitar ninguna tasa o los impuestos, quiero alquilar las 2 habitaciones legalmente

     

    • Respondido por: horst
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    La autonomica en materia de alquiler de uso turistico y la estatal que proceda segun la tipologia de contrato.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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