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maria39

casero/a

He tenido el piso alquilado 9 años a una familia y no me han pagado 3 meses. Se han ido para siempre a su país, ¿qué hago?

Nunca he tenido problemas con ellos pero me deben 3 meses y la luz que llega a 200e

  • Preguntado por: maria39
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Domus ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola maria:

    Acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía para que inste demanda de resolución de contrato por impago de rentas acumulando acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas. Una vez que tenga sentencia a su favor es cuando tendrá que valorar si merece o no la pena instar la ejecución de la sentencia en cuanto a la reclamación de rentas.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

     

  • Marta26

    casero/a

    El que mejor te puede aconsejar es un abogado. Si tomas posesión del piso sin haber finalizado el contrato puede que ellos te demanden por entrar en su vivienda porque aún se cosnidera suya aunque no paguen.

    Si quieres asumir el riesgo tu misma, pero como te has enterado que se han ido para siempre a su pais? porque puede que la fuente no sea muy fiable.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    la unica opcion es una demanda en el juzgado (gastos de abogado y procurador), pero si se han ido a su pais es posible que no consigas cobrar ni en el juzgado. Valora si te merece la pena iniciar una demanda en funcion de las posiblidades de cobrar ( ¿tienen propiedades que ls puedas embargar?) ¿de que pais son?

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Y que conste que deseo de todo corazón que alguien te pueda dar mejor consejo.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Pues menos mal que solo te han dejado tres meses y la luz, porque les puedes demandar en los juzgados españoles, por supuesto, y aunque no acudan al juicio se les condena en rebeldía, pero para ejecutar la futura sentencia, si en condiciones normales resulta complicado, embargar bienes de nacionales de otro país ya es el colmo. Ni que decir tiene que no les debes devolver la fianza.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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