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David Gómez

inquilino/a

En un contrato de un año prorrogable, ¿puedo dejar el piso en cualquier momento a partir de ese año o debo cumplir otro año?

Más en detalle. Mi contrato dice que es de un año prorrogable. Si el primer año termina un 20 de Febrero de 2012. ¿puedo irme por ejemplo un 15 de Noviembre de 2012 o tengo que esperar al 20 de Febrero de 2013?

  • Preguntado por: David Gómez
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola david. Concido con la respuesta de la Sra Amparo. En el siguiente enlace encontrará más información sobre su consulta:

     

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Las prórrogas son anuales.

    salvo que pacten por escrito un posible desistimiento antes de ese plazo, tendrá que cumplir siempre años completos.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Las prórrogas són anuales. Mire si en su contrato hay alguna cláusula que le permita desistir de alguna forma, o pacte con el arrendador y déjelo por escrito.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
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