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Anna

inquilino/a

Dudas sobre dejar piso en alquiler
Buenos días, Llevo en un piso de alquiler desde el 29 de julio de 2015. A fecha 15 de mayo de 2018 le envío un burofax a mi casera en el que le comunico mi intención de abandonar el piso y desistir del contrato el día 14 de junio de 2018 (preaviso de 30 días). El día 22 de mayo, mi casera me llama y me dice que si me voy antes del 29 de julio de 2018 perdería la fianza por incumplimiento de contrato ¿es esto correcto? El contrato era de un año, prorrogable hasta tres. Regulado por la LAU y en el mismo pone que con preaviso de 30 días, después de seis meses, se puede abandonar la vivienda. Agradecería mucho sus respuestas. Un saludo.
  • Preguntado por: Anna
  • Hace 6 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
PdC sociedad inmobiliaria ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Su casera esta en un error. La Lau94 exige un plazo mínimo de 6 meses para que el arrendatario pueda desistir del arrendamiento, pasado dicho plazo, y como bien ha hecho, se podría abandonar la vivienda con un preaviso de 30 días (no hacía falta que fuera mediante burofax, aunque así se evita posibles conflictos). Lo más que puede exigirle, en caso de estar así estipulado, es una mensualidad por cada año pendiente de cumplir o la parte proporcional en plazos inferiores al año. Además de estar reflejado en el contrato, debe aparecer o poder interpretarse en la lectura, que dicha indemnización se renueva año a año con las prorrogas (puesto que si no lo dice no es claro que así sea)...
    Por lo tanto, si se quiere ir en junio y el contrato finaliza en julio, lo más que le podría cobrar es la parte proporcional de una mensualidad de dicho plazo (1/12 de una fianza o menos si no llega ni a un mes).
    Un saludo.
    PdC Sociedad Inmobiliaria.
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