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melisade

inquilino/a

¿Me penalizan si me voy antes?

Tengo un contrato de 2 años, sin posibilidad de prorroga, firme en julio del 2010. en el contrato pone expresamente que son 2 años, ni mas ni menos.

Mi pregunta es: me que da un mes para hacer el primer año, mi situación economica a cambiado y no puedo hacer frente al importe del alquiler, he mirado otros pisos más economicos, me podria ir del piso, habiendo cumplido solo un año, de los dos contratados??

  • Preguntado por: melisade
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (11)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • melisade

    inquilino/a

    gracias a todos por vuestras respuestas, ya os contare como van las cosas, de momento hablare con el arrendador, que parece buena gente jeje, a ver que me cuenta y vere que pasos dar formalmente, gracias

    • Respondido por: melisade
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Cuando dije q esa clausula era nula era en referencia a la firmada "expresamente de q no se podria alargar mas de dos años".

    La ley te permite estar 5 años. Otra cosa es q se pacte por un tiempo superior a un año, como es este caso, con lo q el contrato ya tiene la duracion de 2 años mas 3 prorrogas anuales a voluntad del arrendador. Lo q es nulo es q no se pueda alargar hasta los 5 años.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Alek:

    Si la duración inicialmente pactada en el contrato fue de 2 años ambas partes deben cumplirla, salvo que conste la excepción a favor del arrendatario que expuse en mis anteriores intervenciones. Todo ello con independencia absoluta de que se pactase que el contrato no se prorrogaría conforme al artículo 9.1 LAU 1994.

    le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quie, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, la asesorará sobre la mejor forma de proceder.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Alek

    inquilino/a

    Bueno,

    En tal caso yo tengo una duda.

    Si todo el mundo está de acuerdo que la clausula esta es nula o susceptible de anulabilidad, ¿no se tiene que aplicar el periodo según la ley, que es un año prolongable y por tanto poder desistir el contrato en cada anualidad, avisando por escrito con un mes de antelación?

    Si encima el sr. Melisade está justo a un mes de cumplir la primera anualidad.

    Gracias

    • Respondido por: Alek
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola melisa:

    la respuesta a su pregunta dependerá de lo pactado en el contrato. Lea con atención su contrato y busque si existe alguna cláusula que le permita desistir del mismo antes de la finalización de los 2 años.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • melisade

    inquilino/a

    Entonces aunque tenga contratado 2 años, me puedo ir en un año? No me puede reclamar nada?

    • Respondido por: melisade
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Melisa:

    Que la citada cláusula sea nula o susceptibles de anulabilidad no impide que usted deba cumplir el plazo de duración inicialmente pactado, salvo que en su contratro se pactase la facultad del arrendatario(utsed) de desistir antes de la finalización del mismo.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Melisade, estoy de acuerdo con Crazyh

    Esa cláusula es nula.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Esa clausula es nula. Va en contra del arrendatario y un juez no la aceptara como valida, pues va en contra de la misma ley, q es superior a un contrato, y un contrato esta sujeto a la ley, con lo q tu contrato se renueva por un año

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • melisade

    inquilino/a

    gracias amparo, pero firmamos una clausula donde expresamente pone que no sepuede renovar hasta los 5 años de ley.Gracias por tu respuesta, empezare a difundir a ver si alguien se queda con la casa.gracias

    • Respondido por: melisade
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tendrías que llegar a un acuerdo con el propietario, o si no lo conseguís, arriesgarte a una demanda y aceptar la decisión del juez.

    negocia y ayudále a encontrar otro inquilino. Será lo más razonable y barato para ambas partes.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

    Ah, si se trata de tu vivienda habitual, aunque sea un contrato de dos años, tienes derecho a prórrogas hasta 3 años más.

     

     

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