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Begoña Márquez

inquilino/a

¿Puede el dueño del piso negarse a recoger las llaves del mismo, tras haberlo dejado, por petición del propio dueño?

Mi madre llevaba 29 años alquilada en el mismo piso. Por petición de la dueña, se muda, y ahora, se niega a coger las llaves que le devuelve mi madre.

¿Cuáles son las consecuencias de no haber constancia de dicha devolución? ¿Cuáles serían los pasos legales a seguir?

  • Preguntado por: Begoña Márquez
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (7)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La consignación de las llaves en una Notaría no significa que el contrato quede cancelado, para hacer ese gasto es prefrible llevarlas al Juzgado acompañadas de una demanda de conciliación.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • EVICTIO.com

    EVICTIO.com

    profesional

    Consigne las llaves en el notario

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Yo conozco a una persona que entregó las llaves en el juzgado porque el propietario no constaba en el contrato... un montón de tiempo después, sigue sin saber anda ni del propietario ni de su fianza.

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Acuda a un notario para hacer una consignación notarial de las llaves.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Quizá la respuesta fue demasiado escueta, 'acudir al Juzgado'... en forma es decir con una demanda judicial de resolución d contrato.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • LMB

    inquilino/a

    Yo tengo un caso similar y al final el juzgado nos devolvió las llaves porque "dice" que no procede.

    Cuando se entregan o depositan las llaves en un juzgado por lógica es porque el dueño tiene algún problema o porque intenta sacar tajada monetaria del inquilin@.

     

    • Respondido por: LMB
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es imprescindible la constancia escrita de la entrega de llaves y finiquito del contrato ya que de lo contrario este sigue vigente y devengando alquileres. El paso a seguir es depositar las llaves en una Notaría o acudir al Juzgado.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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