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DaBla

inquilino/a

Puedo dejar de pagar la renta de alquiler por obras de saneamiento?

Buenas tardes.

Hace unos meses alquilé un local en Móstoles, y al ir a reallizar las obras de acondicionamiento descubrimos que todas las paredes del local están afectadas por humedades por capilaridad del terreno. Tras un mes de discusiones, la Comunidad de propietarios ha decidido hacerse cargo de la reparación. El problema es que a la obra de saneamiento le sigue un periodo de secado de cuatro meses en los que no podré hacer uso del local para continuar con el acondicionamiento.

Le he enviado un burofax al propietario indicandole mi voluntad de no pagar la renta de alquiler durante este periodo al no poder hacer uso del local hasta que no se me entregue en las condiciones necesarias para continuar con mi labor.

El propietario me amenaza con un desahucio. Que opciones tengo?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: DaBla
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
DaBla ha sido el primero en contestar
  • DaBla

    inquilino/a

    Muchas gracias León Jaime.  

    Asi lo haré para curarme en salud.  

    • Respondido por: DaBla
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    DaBla: su situación es un poco delicada, porque si no paga y el casero le interpone una demanda de desahucio por falta de pago puede tener más de un dolor de cabeza (pleitos tengas y los ganes).

    Lo más prudente es seguir pagando y al mismo tiempo interponer una demanda para que el Juez declare que procedía la suspensión del contrato, condenando al casero que le devuelva a Ud. las rentas que pagó durante la suspensión no reconocida por el casero. Es un poco "truculento", pero es la única forma que se me ocurre de no correr ningún riesgo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • DaBla

    inquilino/a

    Muchas gracias León Jaime. 

    En caso de que el propietario no aceptará la propuesta de suspensión y siguiera con su intención de iniciar un desahucio sí no pago, es suficiente con el burofax que he enviado, o debo iniciar otras acciones para evitaren problemas?

    • Respondido por: DaBla
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    DaBla: lleva Ud. Toda la razón, y para ello basta con leer el art.  26 lau, a cuyo tenor:

    • "cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente la hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna.
    • la suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta. "

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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