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esther1983

inquilino/a

¿Tengo que dejar el piso?

tengo alquilado un piso desde febrero 2009, de un año renovable a 5 años. Ahora la casera se divorció y tenemos q salir del piso cuando haga el año, me gustaría saber si tengo derecho a quedarme o tengo q dejarlo y si tuviera q dejarlo si podría optar a alguna indemnización.

  • Preguntado por: esther1983
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
nexi007 ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Comentario adicional a mi respuesta anterior. La LAU sobre esta cláusula dice:

    Artículo 9.3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.

    Algunos defienden que en el contrato tiene que aparecer claramente la causa y motivo exacto por el que el casero puede necesitar el piso. Y que de no aparecer, la cláusula sería nula.

    Otros dicen que no hace falta indicar el motivo, que con que del contrato se desprenda claramente que se puede necesitar antes de los cinco años del contrato y que ambas partes lo tengan claro a la hora de firmar, es suficiente.

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    La cláusula de necesidad es que si el propietario necesita el piso para vivir en él, te tendrías que ir del piso

  • esther1983

    inquilino/a

    gracias por las respuestas, es un tema delicado pero quiero informarme, me gustaría saber cuÁl es la cláusula de necesidad y qué debería poner en el contrato, gracias

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Hay algunas preguntas que más que temas legales, yo, personalmente, las considero algo más de lógica y humanidad.

    Si los propietarios necesitan el piso y no hay mala relación con los inquilinos, no veo el problema para que, dándoles el tiempo necesario, abandonen la vivienda.

    Otra cosa es que lo quieran por otra razón, pero por necesidad...

    Si tenéis derecho a quedaros (porque no aparezca la cláusula de necesidad), valora qué puedes pedirles a cambio y si con el alquiler que pagais se puede ella buscar algo para sí misma (y no provocaros a vosotros todas las molestias).

    Pero, sinceramente, no esperes que te den 4 meses de renta + comisión de la agencia + mudanza... Es que son más de cinco meses de alquiler. Es que si para que dejéis el piso os tienen que dar casi medio año de alquiler...

    No olvidemos que los contratos están para cumplirlos y que si no pone esa cláusula, no te tienes por que ir. Simplemente quería dejar reflejado este punto de vista.

    Pero bueno, como ha dicho Amparo, eres tu quien tienen que ver lo que pone tu contrato, los trastornos que todo esto te ocasiona y lo que puedes y quieres negociar...

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Así es.

    Sólo si en el contrato estuviera prevista la llamada cláusula de necesidad para uso como vivienda permanente del propietario, y el motivo,  podrían evitar  la renovación del contrato.

    Si no es así, tienes derecho a quedarte los cinco años.

    Salvo, eso sí, que te ofrezcan una indemnización tan golosa tan golosa, que no puedas negarte a marcharte.

    Devolverte la fianza, más 4 meses de renta (uno por año que queda por cumplir) más la mudanza, más la comisión para la agencia que te busque otra cosa... sería una oferta, en mi opinión, imposible de rechazar.

    Pero eres tú quien debe valorar esa opción.

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • nexi007

    inquilino/a

    Hola Esther,

    Tienes derecho a quedarte en el piso puesto que tu contrato, como indicas es prorrogable a 5 años, por tanto no pueden echarte de ahí.

    No te retrases nunca en un pago ya que automáticamente iniciará la vía de desahucio (con razón).

    un saludo,

    • Respondido por: nexi007
    • Hace 15 años
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