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veroyisra

inquilino/a

me ha venido una factura a mi nombre desde el 10 de octubre y yo entre el 1 de noviembre

La factura del 10 de octubre al 9 de diciemvre y yo entre en el piso el 1 denoviembre la he dicho que esa parte la corresponde a ella por lo cual yo no esta en esa fecha en el piso y la he dicho que la corresponde a ella e llamado a iberdroda para verificar que desde el 10 de octubre al 31  no estaba pagado y efectivamente la factura la he pagado pero la dueña no me quiere dar la parte proporcional  que me corresponde y la he dicho que se lo descuento del mes de alquiler y me ha dicho que quiere el mes completo del piso.A lo que mi respuesta a sido que no la voy a pagar el mes de piso entero puesto que esa parte de su factura no me corresponde mi pregunta es y si no la pago el mes de alquiler pasa algo?el contarto esta a su nomvre pero esta firmado x su amiga y no hay clausula que lo estipule.Por lo tanto ME PODRIA RECLAMAR ALGO??SOLO LLEVO 2 MESES En el piso y no hace nada mas que darme problemas

  • Preguntado por: veroyisra
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Dejar constancia no es ponerlo en el recibo, es comunicarlo previamente al casero, no por teléfono, le el decálogo del inquilino en el enlace que le dejo.

    para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • veroyisra

    inquilino/a

    Vale entonces la ingreso el mes de alquiler pero la puedo descontar la parte suya de la factura de electricidad?? dejando constancia en el recibo del pago que eso la corresponde a ella?? Lo dejo escrito en el rwcibo de pago??gracias por responder la verdad esque es un sin vivir y no la agianto mas

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Está claro que usted sólo debe pagar SU consumo. 

    El problema de dejar de pagar la renta o una parte es que se expone a una demanda de desahucio o a que no le devuelvan la fianza cuando acabe el alquiler.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No le conviene dejar de pagar el alquiler, en todo caso debería dejar constancia escrita de esa compensación que pretende de alquiler por gasto de electricidad 

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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