Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
¿Cuál es mi situación?
me puede echar del piso?
Hola popis:
1º) Respecto a la venta de la vivienda encontará la regulación legal en el artículo 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
2º) Respecto al derecho de adquisición preferente encontará la regulación legal en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
3º)respecto a la duración del contrato
en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre el tema de su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Es conveniente recordar que también tiene derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto), en caso de venta, todo ello sin perjuicio de lo afirmado por Marta26, en mi blog tiene información al respecto.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
El nuevo comprador tendrá que respetar tu contrato actual. Si quiere qye te vayas que te indemnice como tu creas conveniente.
Hasta que no te notifiquen que se ha hecho la venta tienes que seguir pagando el alquiler a tu casera, y el nuevo inquilino ya te indicará su número de cuenta.