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Pasolini

casero/a

¿Alquilar sin contrato?
Hoy yo y mi mujer hemos visitado a un piso muy muy bueno en Barcelona. Sin embargo, el propietario ha dicho que lo ha comprado hace sólo 3 años, y que no se puede alquilar antes de 5 años, y por tanto no podríamos hacer un contrato legal.

Si es verdad y todo está bien, sería una oportunidad fantástica pero no quiero ser timado y despues de algunos meses el verdadero proprietario aparecer y llamar la policía pues unos extraños están en su piso, o mismo si él es el verdadero propietario, pero después de un rato cambia la cerradura y nosotros estamos en la calle, o cualquier cosa similar.

El supuesto propietario ha dicho que podria enseñarnos la escritura. ¿Hay alguna manera de confirmar si la escritura es verdadera y si el piso está a su nombre? Hay algo que podríamos hacer para tener un mínimo de seguridad, como una autorización para vivir allí como si nos conociéramos? Es un delito alquilar sin contrato, que es lo peor que podria pasar? Qué hacer? Ayudarnos ...
  • Preguntado por: Pasolini
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • Pasolini

    casero/a

    Muchas gracias por las respuestas! Si vosotros tenéis mas un momento:

    1- Qué tipo de contrato podríamos entonces hacer? Un contrato normal de alquiler, pero no registrado en el órgano responsable como se hace oficialmente, pero firmado por él y nosotros, nos daría algún respaldo/seguridad legal? Podríamos firmar de forma particular o sería necesario hacer delante de un notario para reconocer la firma del propietario?

    2- Dónde se encuentra el registro de propiedad en Barcelona/Eixample, o se puede ver en línea ? Es necesario autorización del propietario para acceder a la información o cualquier persona puede ir e decir la dirección en cuestión y tener acceso al nombre del propietario?

    3- En cuestión de la fianza que le depositaríamos, sería mas peligroso para nosotros por ser un contrato 'irregular'?

    Más una vez, agradezco a todos por la ayuda!
    • Respondido por: Pasolini
    • Hace 15 años
  • antonio arrendamiento

    profesional

    Para eso está el Registro de la Propiedad. Quien figure allí como titular, es el propietario. Si le compras o alquilas a él, te ampara la buena fe registral. Si existen restricciones a la venta yo a al alquiler, por ejemplo, cuando compró la casa le dieron subvención con la condición de que viviese él allí cinco años, si llega a descubrirse que tú estás allí, él tendrá que devolver la subvención pero tu postura es más sólida pues tienes un contrato que le obliga a cederte el uso a cambio de precio incluso aunque no hagas contrato porque tu contrato es verbal (importante efectuarle los ingresos en banco o que te de recibos o que lo vea uno o dos testigos) por lo demás me parece que el que se arriesga es él. Si llegase a cambiar la cerradura te harías rico con la indemnización que podría corresponderte (no creo que sea tan tonto) Siempre ha de ser quien figure en el Registro.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Sin discutir la opinión de M. Pregal considero que a quien más perjudica la carencia de un documento es al dueño, ya que el inquilino no tiene gran dificultad para demostrar su condición de tal, eso sí, deberá exigir recibos del pago de alquiler.

    Frente a la AEAT bastará que averigüe la referencia catastral y la haga constar en su declaración de IRPF.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    para comprobar la titularidad del piso pueden pedir una nota simple al registro de la propiedad, y así confirmarán que el arrendador es el legítimo propietario del bien.

    Respecto a alquilar sin contrato, en situación irregular o como le quieran llamar ... personalmente no se lo aconsejo. A la larga traerá problemas tanto al propietario como a ustedes, ya que estarán completamente desamparados ante la Ley.

    Aparte de esto, de cara a la Agencia Tributaria sería completamente irregular.

    Espero haberle ayudado.
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