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tonduma

casero/a

Alquiler de un local por un 1 año
Hola,

Tengo un local que quiero alquilar.

Debido a mi situación, quiero que se haga por 1 año, por si luego decido venderlo.

Es posible hacer esto ?

Cómo se debería redactar el contrato con esta condición ?

En el caso que pase el año y no lo quiera vender, es posible hacer otro contrato por 1 año, y así sucesivamente ?

Espero vuestras respuestas.

Muchas gracias y un saludo.
  • Preguntado por: tonduma
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
Armando Perea ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Puedes hacer el contrato sin renovación automática, por 1 año y al finalizar el año que abandone el local, o si te interesa seguir pero con otro precio realizar nuevo contrato. Lo de los 5 años como ya te comenté es para los contratos de arrendamiento de vivienda, con lo cual puedes confeccionarlo por el plazo que quieras y con las cláusulas que quieras . Si al final lo vendes lo lógico es que se lo ofrezcas 1º a tu arrendatario, si no quieres vendérselo puedes insertar una cláusula de renuncia al dº de adquisición preferente. Pero te vuelvo a repetir; te veo con dudas, acude a un profesional de tu localidad y que te redacte el contrato, por un precio módico te vas a quedar más tranquilo y vas a tener la seguridad de hacer las cosas bien.

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
  • tonduma

    casero/a

    Me surgen unas dudas sobre lo que comentas.

    Se puede hacer un contrato anual sin renovación automática ? Lo digo porque ahora con la crisis, bajo el precio como ayuda para ambos, pero cuando vayan las cosas mejor, se podría subir algo más.

    También me han comentado que si se hace a 1 año y el inquilino reclama, se podría quedar los 5 años que dice la Ley. Eso es así ?

    Si al final lo vendo y quiero hacerlo a otra persona que no sea el inquilino, se podría poner algo en el contrato que lo diga?
    • Respondido por: tonduma
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Al ser un contrato distinto al de vivienda, puedes realizarlo por el tiempo o plazo que creas conveniente, no te va a obligar la ley a prorrogarlo obligatoriamente. Hazlo por 1 año con renovación automática por el mismo período si ninguna de las 2 partes preavisa a la otra con un plazo mínimo de 30 días. También puedes insertar las cláusulas que estimes conveniente ya que rige para este tipo de contratos la autonomía de la voluntad de las partes. Si lo quieres vender sabes que el arrendatario tiene el derecho de adquisición preferente. Para cualquier duda y si no tienes las ideas claras acude a un profesional de tu localidad.

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
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