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Mónica Martínez Párr

casero/a

Alquilo mi casa, pago hipoteca, pero tengo que alquilar otra para vivir en otra ciudad, ¿desgrava hipoteca y alquiler?
Como nos trasladan de ciudad por trabajo, tenemos que alquilar una casa en la nueva ciudad. Quería saber si mi hipoteca me seguirá desgravando y además el alquiler de donde voy a vivir. gracias
  • Preguntado por: Mónica Martínez Párr
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    La deducción por adquisición de vivienda habitual se pierde al dejar de ser vivienda habitual, pero al estar justificado el cambio de domicilio no se pierden las deducciones practicadas en los años anteriores, aunque hayan sido menos de tres.

    De los ingresos que genere el arrendamiento de esa vivienda podrá deducir los intereses de la hipoteca y todos los demás gastos fiscalmente deducibles en cualquier arrendamiento, como los gastos de mantenimiento, reparación, amortización, tributos y otros.

    Si el piso lo alquila como vivienda habitual del arrendatario también podrá reducir el 50% de los rendimientos netos o el 100% si al arrendatario tiene entre 18 y 35 años y unos ingresos superiores al IPREM (índice público de renta de efectos múltiples), que este año es 7.236,60 euros. En consecuencia, perderá la deducción actual, pero no pagará nada o casi nada por los ingresos del arrendamiento.

    En cuanto a su nueva vivienda podrá practicar la nueva deducción estatal del 10.07 por ciento de las rentas abonadas en concepto de alquiler de vivienda habitual o algo menos en bases imponibles superiores a 12.000 euros, siempre que no se superen los 24.020 euros, según figura en el anexo A de la declaración de renta 2008. También podrá aplicar en su caso, la deducción autonómica.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La deducción fiscal en IRPF sea por alquiler o por compra de vivienda, exige que ésta sea la residencia habitual del contribuyente, por tanto en tu caso podrás deducir por el alquiler de tu vivienda habitual, pero no por los pagos de la que hasta ahora lo ha sido.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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