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Amayo

inquilino/a

Tengo arrendado un local desde 4/2002, 4/2007 se firma nuevo contrato pero no pone prórroga, ¿tengo que indemnizar por dejar?
La firma del primer contrato es de 6/4/2002, antes de su vencimiento se firma uno nuevo con fecha 02/4/2007, no especifica que sea una prórroga. En el contrato se especifica una entrega de un aval de 3000 euros pero no se nos devuelve la anterior de 2200 euros pues se completa con 800 euros

¿No se puede alegar que es una prórroga y pagar sólo la indemnización de 2 meses de preaviso?
  • Preguntado por: Amayo
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Si el nuevo contrato cambió alguna de las condiciones esenciales, como la renta, no se trata de una prórroga sino de un verdadero nuevo contrato, aunque se haya compensado parte de la fianza. En consecuencia hay que estar en todo a lo que diga el nuevo contrato.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como relata los hechos no puede hablarse de prórroga, hay un nuevo documento, nueva fianza, ¿nuevo plazo? etc.

    En cualquier caso debe recordar que el plazo de preaviso surte efecto cuando se va a cumplir el plazo de duración, no en caso contrario.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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