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buenas, firme un contrato de alquiler de un piso 01/12/12. Hay una clausula que dice: solo puedo dejar el piso pasado 2 años y con aviso previo de 2 meses. tengo aval bancario y 1 mes deposito. que pasara se quejo el piso antes? O sea, paso un año de contrato? Gracias y saludos
Hola magdalena:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo
Con esa rectificación el asunto cambia, está obligada a cumplir el plazo pactado o a indemnizar al arrendador en caso de quererlo incumplir, el importe de esa indemnización deberán acordarlo de común acuerdo o lo decidirá el Juez, normalmente serán los meses que el arrenddaor necesite para alquilarlo de nuevo.
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