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victorio1

casero/a

Un contrato del 2001 de uso distinto a vivienda de duración indefinida que solo el arrendador puede rescindirlo es correcto?

Le rebaje el precio por seis meses con un pequeño anexo pero a los seis meses no firmamos nada mas y seguí cobrando el mismo precio. Eso en principios de 2009 por la crisis. Ahora desde hace un par de años el negocio le va viento en popa (demos gracias) pero el inquilino le digo que hay que recuperar un poco del alquiler y siempre me dan largas. Prefieren ganar mas y pagar menos. No recuerdan que si no les hubiera bajado cuando no tenían trabajo igual hubieran tenido que irse o cerrar su negocio. Se que ahora hay muchos locales cerrados y los precios de mercado son mas baratos pero mi inquilino tiene una industria con maquinaria pesada y sofisticada y moverla a otro local le costaría una pasta, asi como permisos y licencias. Espero puedan orientarme. Gracias

  • Preguntado por: victorio1
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    victorio1: cuando dice que el contrato es indefinido ¿quiere decir que el contrato es escrito y en la cláusula de la duración escribieron que la duración era "indefinida"?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hay que ver el contrato, ya que lo que dices en el enunciado es muy heavy.

    No obstante, si tu como arrendador puedes rescindirlo cuando quieras, podrás cambiar las condiciones cuando quieras o rescindir el contrato con el preaviso pactado.

    Ahora bien, piensa que si se le cruzan los cables y se va, tu local será uno de esos que están cerrados.

    Suerte

    Oscar

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Opino que tienes suficientes argumentos legales para regularizar el alquiler o hacer que se vaya al vencimiento del próximo cumpleaños del contrato.

    Acude a un abogado para que lo negocie con tu arrendatario.

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