Llevo dos y tengo que dejarlo el mes que viene por que basicamente se me acaba el trabajo, cuales son las consecuencias? He leido que puede pedir seis el propietario, pero yo no encuentro nada de eso en el BOE. Gracias
Es de obligado cumplimiento los primeros seis meses, por lo tanto hasta el sexto mes te puede cobrar el total de la renta, además, si esto figura en tu contrato se le sumará a dicha penalización. "Por incumplimiento de contrato se penalizará al arrendatario con un mes de renta por año de incumplimiento, o en caso de que el periodo fuera inferior a un año por la parte proporcional que corresponda."
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