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Erizo

inquilino/a

duda con clausula de alquiler
Hola tengo un  contratro de alquiler en el cual firme una de las clausulas poner que el contratro finaliza en 2 años y tiene fecha de fin idicada.
La siguientw clausula dice que una vez haya trascurrido el plazo de la duracion del contrato el arendatario devera dejar la vivienda a disposicion de los arrendadores  sin necesidad  de ningun requerimiento dirigido ala arendatario.
Al tener esto firmado estoy obligado a cumplirlo o puedo quedarme mas de esos 2 años
Gracias
  • Preguntado por: Erizo
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
nacho ha sido el primero en contestar
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Si el contrato es de vivienda habitual, puedes estar hasta 3 años

    Artículo 9. Plazo mínimo   (Redacción dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas) 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
    Si el contrato es de uso distinto a vivienda, tendrás que cumplir con lo que diga el contrato.



    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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