Adrián conviene matizar los conceptos, "la antigua ley de 1994" es la que está actualmente en vigor con las sucesivas reformas que ha sufrido en estos 24 años. Su contrato parace que es anterior a 6/6/2013 y por lo tanto tiene una duración de 5+3 años, que debe respetar el casero y el posible comprador, por otra parte, si le interesa, vd tiene derecho de adquisición preferente en caso de venta, tanteo y retracto, y puede negarse a que ningún posible interesado en la compra visiste su vivienda.
Pedro Hernández Olmo, abogado