Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

David Roman

inquilino/a

¿El propietario de un piso vacío tiene que pagar su parte del gasto de la comunidad?

Es un bloque dedicado al alquiler el inmueble tiene 9 viviendas pero ahora solo hay 3 alquiladas sobre las que carga todo el gasto de comunidad que es bastante elevado.

  • Preguntado por: David Roman
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "para que usted pague la comunidad debe especificarlo en su contrato y tiene que venir reflejada la cantidad"

     

    O llevar tiempo pagando pacíficamente una cantidad, con lo que se entenderá como un acuerdo verbal y será totalmente válido. ¿ Cuanto tiempo lleva pagando esa nueva cantidad?

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Todo el gasto se tendrá que dividir entre las 9 viviendas, bien por cuota o por m2 según lo especifique en la declaración de obra nueva o en los estatutos de la comunidad independientemente de que estén ocupados o no.

    Además, para que usted pague la comunidad debe especificarlo en su contrato y tiene que venir reflejada la cantidad

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Si en su contrato se indica que le corresponde pagar la comunidad, debe indicar tambien la cuantia.

    si no lo indica no tiene que pagar un euro. Deje de pagarlo.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En primer lugar todos y cada uno de los propietarios de vivendas deben atender los gastos y cuotas comunitarias de las mismas con independencia de que las ocupe, las alquilen o las tengan vacías.

    En segundo lugar al inquilino solamente le pueden repercutir esos gastos o cuotas, si así figura en el contrato de arrendamento y exclusivamente por el importe que allí figure.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas