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laura

casero/a

Inquilino en la carcel, me paga la mujer. Puede ella dejar de pagar y estar amparada por la ley?
Hola buenas, yo soy propietaria de una casa que he alquilado a un matrimonio pero el contrato solo esta a nombre de el y shora le han metido en la carcel. La mujer sigue pagandome pero me da miedo de lo que pueda pasar. Que procede,  que puedo hacer. Puede ella dejar de pagar y estar amparada por la ley?  Gracias espero sus noticias
  • Preguntado por: laura
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Fernando ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Elisa

    Elisa

    profesional

    El hecho de que el inquilino de su vivienda este preso o penado cumpliendo sentencia de prisión no invalida el contrato de alquiler de la vivienda. Otro hecho es que su inquilino/a dejare de cumplir con las obligaciones de pago de la renta, con lo que tendría que acudir a los juzgados para interponer la correspondiente demanda. Consejo: Hable con su inquilina para conocer de sus intenciones de pago y a partir de ahí puede Ud. tomar una idea de juicio para bien que siga en la vivienda o para interponer la demandahttp://www.elijocasa.es
    • Respondido por: Elisa
    • Hace 6 años
  • Elisa

    Elisa

    profesional

    El hecho de que el inquilino este preso o penado cumpliendo sentencia de cárcel no invalida el contrato de alquiler,. Otro hecho es que el inquilino/a dejare de cumplir con sus obligaciones de pago de la renta, con lo que tendría que acudir al juzgado para interponer la correspondiente demanda. Consejo: Hable con la inquilina y vea cuales son sus intenciones (sobretodo las de pago de la renta) .http://www.elijocasa.es
    • Respondido por: Elisa
    • Hace 6 años
  • Fernando

    casero/a

    Simple hágale un contrato a nombre de ella  Si ella está puntual
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días, no se si ya serviré de ayuda o no, pero en respuesta a su pregunta, el contrato de arrendamiento firmado por uno de los cónyuges constante el matrimonio, no forma parte de los bienes gananciales. Por lo que los derechos y obligaciones que se generen con el contrato sólo obligan a las partes, se trata de derechos personales.
    Sin embargo el artículo 7 de la LAU dice en su punto 1. que el arrendamiento de vivienda no pierde esta condición aunque el arrendatario no tenga su vivienda permanente en la finca arrendada si en ella habita su cónyuge no separado legalmente -que entiendo que es el caso-. 
    Por lo tanto, si dejase de pagar, tendría que presentar una demanda de desahucio por impago de la renta contra el titular del contrato, es decir, el marido 
    Un saludo
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si usted dejara de cobrar la renta, habría de interponer demanda de desahucio contra el titular.
    Ella no está amparada por ninguna ley si no paga.
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