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jano

casero/a

¿El propietario del piso puede rescindir el contrato de alquiler en caso que él mismo lo necesite para vivir?
El contrato es de cinco años prorrogable y no dispone de otro piso para vivir.
  • Preguntado por: jano
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En los contratos sujetos a la actual LAU,como parece ser el caso, la denegación de prórroga por necesidad del dueño tiene que estar prevista en el contrato, si no existe esa previsión no es factible intentarlo. Caso distinto son los arrendamientos llamados de "renta antigua".

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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