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Asunvera

inquilino/a

¿Puede el casero echarme de casa al año de contrato porque la quiere vender?

Mi contrato es de 1 año prorrogable hasta 5, y en una cláusula del mismo pone: se podrá rescindir el contrato por ambas partes. Con lo cual, mi pregunta es si al año puede echarme (ya que creo que esa es su intención), pero según la ley solo es el inquilino quien decide irse o no y que toda cláusula contraria a la ley será nula. Ya que no entiendo el sentido de "1 año prorrogable hasta 5". Gracias

  • Preguntado por: Asunvera
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Asunvera:

     

    Además de suscribir las respuestas de las foristas intervinientes, le aconsejo que lea los arts 6, 14 y 25 de la LAU 1994, en este orden, y que ponga en conocimiento del arrendador su contenido.

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

  • deaquiydealli

    casero/a

    No, no puede echarte siempre que pages el alquiler.

    Exactamente, el inquilino es quien decide si quiere prorrogar o no y el propietario no puede pronunciarse al respecto. 1 año prorrogable hasta 5 quiere decir que si el inquilino quiere, se puede quedar en esa vivienda durante 5 años renovando el contrato de año en año.

    Artículo 6 de la LAU. Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.

    Vosotros teneís derecho de tanteo, así que debe ofreceroslo a vosotros primero, si no os interesa, entonces se lo ofrecera o otro. En caso de venta, a vosotros solo os afecta que cambiará vuestro arrendador, nada más.

     

     

  • usuario eliminado

    No, no le pueden echar hasta pasar los 5 años legales, aunque ponga algo distinto en el contrato usted se puede quedar 5 años, eso sí, pagando religiosamente. Usted puede o NO acceder a enseñar el piso pero no está obligada, tendrían que vender a ciegas si usted no da permiso a que lo vean posibles compradores y nadie compra un piso sin verlo hoy en día. Aunque lo vendiera a usted no le afecta en nada solo que cambia su casero y el número de cuenta donde ingresa las mensualidades. Negocie con él, que le baje el alquiler por las molestias y usted le permite enseñarlo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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