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Buenas,
He alquilado un piso por un año. Desde septiembre mi contrato se ha finalizado, y no he firmado un nuevo.
En noviembre he señalizado que iba a dejar el piso, me voy este mes de diciembre 2009, 3 meses después del fin del contrato.
¿El arrendatario puede guardar la fianza por motivo que no he terminado el año ?
Si se firma contrato por un año ( ART. 9 ), éste es de obligado cumplimiento para el arrendatario al igual que lo es para el arrendador no poder rescindir el contrato hasta finales del 5º año (Art. 10 ).
Un juez suele condenar al pago de mensualidades restantes hasta finalización contrato o hasta que el arrendador vuelva a alquilar el piso. De ahí que si el arrendatario busca un inquilino para sustituirle que le agrade al arrendador disminuye el pago de algunas mensualidades, si no le causas perjuicio. Gastos de abogados,procuradores,costas judiciales. Mejor negociar con el arrendador aún perdiendo una o dos mensualidades. MEJOR UN MAL ARREGLO QUE UN BUEN PLEITO.
Si negociais y llegais a un acuerdo previa comprobación de desperfectos,averías, consumos pendientes ( o lectura de contadores) firmar ambos Documento de Rescisión de Conformidad figurando en él el CAMBIO TITULARIDAD DE SUMINISTROS EN UN DETERMINADO PLAZO PARA PONERLOS A NOMBRE DE QUIEN DIGA EL ARRENDADOR ( con COPIA documento para AMBOS ), así se evita la demanda judicial.
Saludois,
Por el incumplimiento de contrato por tu parte (no haber terminado el primer año de prórroga) tu casero podría: o quedarse con la fianza, o exigirte una indemnización o demandarte.
Ten en cuenta que él, bajo NINGÚN NINGÚN concepto ni FUERZA MAYOR, podría haberte "echado" del piso antes de la anualidad.
Así que, cómo ves, la opción más barata sería que se quede con la fianza (suponiendo que la vivienda carezca de desperfectos)
Saludos - Papeleos Alquiler