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Carolina Pérez

inquilino/a

¿Se debe de especificar en contrato que la fianza será devuelta?

En mi contrato de alquiler pone que se entrega una fianza y que en ningún caso sirve como pago de una mensualidad, pero no especifica que tras la terminación de contrato, se devolverá la fianza. ¿Debo de pedirle a mi casero que incluya esta clausula en el contrato? ¿Puede negarse a devolvermela si no se especifica en el contrato? Gracias

  • Preguntado por: Carolina Pérez
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Carolina Pérez ha sido el primero en contestar
  • Carolina Pérez

    inquilino/a

    Muchas gracias

  • usuario eliminado

    Carolina Pérez: no es necesario porque ya lo obliga la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 36.4 a cuyo tenor:

    •  El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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