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Os hago esta pregunta ya que el inquilino que tengo se niega a pagarme 2 recibos del IBI que me debe, ya que acordamos que se hiciera asi, y de esta forma quedo reflejado en el contrato de arrendamiento.
Asi mismo me gustaria saber cuales son los pasos a seguir en caso de que precise denunciarlo. ¿Debo ir yo al juzgado?¿debo contratar a un profesional para que lo haga en mi nombre?
Gracias por anticipado
Es la vez que más claro he visto explicar el famoso "desahucio expres".
No, categóricamente. Lo que prevé la última modificación del procedimiento de desahucio es que una vez presentada la demanda (con abogado y procurador de forma obligatoria), será admitida por el juzgado (mínimo quince días) y entonces el secretario requerirá al deudor para que pague o se marche en un plazo de diez días (que empiezana contar cuando le llegue la carta al inquilino, normalmente un mes después de presentada la demanda). Si el inquilino deja pasar tranquilamente el plazo habrá un juicio, y si después de la sentencia tampoco se marcha, un lanzamiento, lo que sucederá entre 4 y 6 meses después de presentada la demanda, si tiene suerte.
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