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Debora

inquilino/a

Venden el piso en el que estoy de alquiler
Hola, el propietario de la vivienda en la que vivo, vende el piso a falta de 6 días de finalizar mi contrato. En él, aún vigente, hay una clausula que dice que realizada la venta, el arrendamiento podrá extinguirse a voluntad del comprador. En ese caso el arrendatario deberá abandonar la vivienda en el plazo de tres meses a contar desde que el adquiriente le notifique fehacientemente su propósito (no me han comunicado nada fehacientemente....) Mi pregunta es, si la venta se firmó el 26/02 y mi contrato finaliza el 04/03, tengo derecho a esos tres meses? O como el contrato finaliza justo ahora, he de irme cuando ellos me indiquen, pagando además los días que esté aún en el piso una vez extinguido el contrato? Muchas gracias......
  • Preguntado por: Debora
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (10)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Debora

    inquilino/a

    La vivienda no me interesaba comprarla, así que todo bien.Pues mil gracias de nuevo por su tiempo a ambos, me han ayudado mucho. Un saludo!!
    • Respondido por: Debora
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debora cambia en el sentido de que entonces no tiene que ofrecerle la venta, derecho de tanteo en lo demás siga los consejos de Piscis y le vendrá bien leer EL DECALOGO DEL INQUILINO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Debora

    inquilino/a

    Muchísimas gracias a los dos, pues si....En esa misma clausula dice que las partes acuerdan la renuncia por parte del arrendatario al derecho de adquisición preferente, eso cambia en algo las cosas?
    • Respondido por: Debora
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debora sin perjuicio de las acertadas respuestas de Piscis, hay un aspecto de notable interés, dependiendo de su respuesta a esta pregunta ¿Ha renunciado Vd. en el contrato a su derecho de adquisicion preferente? Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El que te haya comunicado el arrendador su intención de vender el piso, no afecta a tu contrato, ni tienes obligación de permitir la entrada en él a posibles interesados en la compra, ni al mismo propietario, mientras seas inquilina, es tu vivienda y en ella no puede entrar ninguna persona sin tu consentimiento.
  • Debora

    inquilino/a

    Pues muchísimas gracias de verdad, y una cosa más, si mi casera me notificó (por whatsapp) que iba a vender el piso el el plazo de un mes, mi contrato es renovable igualmente en ese caso??
    • Respondido por: Debora
    • Hace 8 años
  • Debora

    inquilino/a

    Pues muchísimas gracias de verdad, y una cosa más, el arrendador me dijo (por whatsapp) con un mes de antelación, su intención de vender el piso en ese plazo de un mes. Aún así, mi contrato ser prorrogaría igualmente? Gracias de nuevo....
    • Respondido por: Debora
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Pese a ser tu contrato por un año, éste se prorroga automáticamente hasta cumplir los tres años, salvo que los nuevos adquirentes de la vivienda te acrediten que son los propietarios de la misma y notifiquen " fehacientemente" que desean disponer de ella.A partir de dicha notificación, puedes exigir una permanencia de tres meses para dejar la vivienda, lógicamente pagando al nuevo propietario cada mes el alquiler y  además, pudiendo exigir al vendedor, una indemnización por los daños y perjuicios que se te hayan causado. En el caso que tu contrato de arrendamiento constara inscrito en el Registro de la Propiedad  ( normalmente no consta ya tiene que hacerse ante un notario y luego inscribirlo en dicho registro ) el nuevo propietario no podrá pedirte el desalojo de la vivienda, únicamente, que le vayas pagando el alquiler y cumpliendo tu contrato hasta que venzan los tres años de arrendamiento.
  • Debora

    inquilino/a

    Hola, gracias por la respuesta. Mi contrato tiene fecha 3 de Marzo de 2015 y es de un año. Quizá me expliqué mal antes, lo que me gustaría saber es si tengo derecho a esos tres meses que pone en la clausula del contrato, ya que los nuevos propietarios pretenden que me marche cuanto antes. Yo necesito tiempo para buscar otro piso.....Ellos me dicen que a partir del día 3/03 que es cuando finaliza el contrato,  debo pagar la parte proporcional de los días que me vaya a quedar en el piso fuera de fecha del contrato. Eso lo entiendo, pero me gustaría saber si he de marcharme tan rápido o por el contrario, la clausula del contrato donde dice que en caso de venta tengo 3 meses para irme, seguiría siendo válida.....Ellos firmaron la compra del piso el 26/02, y mi contrato tiene validez hasta el 03/03....
    • Respondido por: Debora
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    En principio, por lo que dices, dentro de seis días tienes que dejar el piso, de ser así, no se entiende, que pretendas seguir en el piso, una vez extinguido el contrato. Para poder responderte con más conocimiento de causa, es preciso que digas la fecha del contrato, ya que igual no vence ahora.
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