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tsmiguel

inquilino/a

Permanecer alquilado comprando una segunda vivienda
Soy inquilinos de un apt de renta antigua. Mi casero quiere vendérmelo pero yo no estoy de acuerdo con el precio. Por ello no voy a comprarlo y prefiero seguir pagando mi renta de 400 € al més. Ya me ha amenazado varias veces con meter a un hijo y echarme.

Al mismo tiempo necesitando más espacio para desarrollar mi actividad (yo trabajo en casa) me estoy planteando comprar otro apartamento diferente a muy buen precio en la misma zona para desarrollar mi actividad y seguir al mismo tiempo viviendo en el apt de alquiler en el que actualmente vivo.

Mi pregunta es:

Sé que si compro dicho apt. como particular aunque sea para desarrollar mi actividad, mi casero por ley podría echarme del apt en alquiler alegando que ya soy propietario de otro apt en el mismo municipio.

He oído que la mejor solución sería poner el apt. que voy a comprar a nombre de una sociedad, una SL a la que pertenezco.

¿Me pueden asesorar al respecto?
Gracias
Tom
  • Preguntado por: tsmiguel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
Manuel Pregal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Tom,

    Lo de tener o no tener otra vivienda en la misma localidad, yo lo he oido citar para los caseros que quieren echar al inqulino de renta antigua, alegando que la necesitan para uso propio.

    Yo creo que, los derechos adquiridos (aunque yo, como casero, los considere injustos) por tu contrato de renta antigua, los mantienes con independencia de tus propiedades.

    Es decir que, en mi opinión (no soy abogado) puedes comprar otro apartamento y seguir con tu renta antigua (por más abusivo que a mí me parezca).

    Ramón Ruiz.
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    Efectivamente, la solución de la SL es la más adecuada.

    Independientemente de esto, si el casero alega "necesidad" de la vivienda para su hijo, independientemente de que Ud. tenga o no otra vivienda, le pueden rescindir el contrato.

    Le facilito un enlace con la vigente LAU, en donde puede encontrar una explicación más extensa:
    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html

    Espero haberle ayudado.
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