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mina26

inquilino/a

¿Le corresponde al arrendatario sustituir un electrodoméstico si se rompe?

Me comenta la inmobiliaria que con la nueva ley 4/2013 le corresponde al arrendatario.  La clausula del borrador del  contrato es la siguiente:

El inmueble se entrega en perfecto estado de uso, conservación y limpieza, extremos estos comprobados por la ARRENDATARIA y de igual forma deberá ser devuelto todo a la finalización del contrato, siendo por cuenta de la ARRENDATARIA las reparaciones que sean necesarias efectuar en la vivienda, sus instalaciones, electrodomésticos y demás enseres incluidos en la misma ocasionados por desgaste del uso diario de lo arrendado,

¿Es cierto que en la anterior ley éste gastos se repercutía al arrendador y con la nueva ley le corresponde al arrendatario?
Muchas gracias,
Saludos

  • Preguntado por: mina26
  • Hace 10 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • mina26

    inquilino/a

    Muchas gracias por las respuestas.  Lo tenía claro con las dos primeras respuestas pero  al ver el artículo 1.563 "El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya"

    ¿ la rotura de un electrodoméstico no porque yo le de un mal uso sino porque llega al final de su vida util es un deterioro no?

    Saludos,

     

     

    • Respondido por: mina26
    • Hace 10 años
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    La LAU es muy clara al respecto:

    Artículo 21 Conservación de la vivienda

    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    Para mas dudas: 952 609 375

  • usuario eliminado

    Estoy de acuerdo con el compañero Pelayo. Ese mantenimiento le corresponde al casero.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No es cierto. El mantenimiento de los electrodomésticos siempre ha sido obligación del arrendatario, que no su sustitución.

    Se sigue la norma general: Pequeña reparación y/o reparaciones derivadas de un mal uso, arrendatario.

    Grandes reparaciones, obsolescencia, etc, arrendador.

    Si tiene cualquier duda, contacte con nosotros.

    www.desalvador.es

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