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yomisma83

casero/a

Arrendameinto de temporada vs arrendamiento vivienda habitual y hacienda

Hola;

aquí va una duda.

Tengo un contrato con una duración pactada inicial de 4 meses que finalmente se alargó a 8. El contrato no hace mención a que se rige por la LAU (entiendo que aunque no lo ponga expresamente, se rige por la LAU, no) pero tampoco hace mención en ninguna de sus páginas que es un arrendamiento de temporada y el motivo del mismo.

Hoy en la declaración de la renta, la chica que me ha atendido ha ido a preguntar esto mismo y le han dicho que este contrato se considera de arrendamiento de temporada. Yo le he expuesto mis razones por las cuales no es un contrato de temporada, y se ha cerrado en banda diciendo que es lo que le han dicho y que lo tiene que poner así. Así que no la he aceptado. Me dicen que acuda a un gestor para hacerla. No estoy de acuerdo ya que si es un servicio gratuito, por qué tengo que pagar a alquien para que me lo haga bine?

La diferencia entre vivienda habitual y temporada radica en 400 euros.

Hay algún documento oficial, tipo Lau que sirve para justificar lo que digo de por qué mi contrato no se considera de temporada? En caso afirmativo, podrían pasarme el enlace o dirección donde poder conseguirlo?

Gracias

 

  • Preguntado por: yomisma83
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Crazyh ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Marta, aunq a efectos legales sea asi, a efectos administrativos no lo es. Por ejemplo, en las ayudas de rbe.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con Crazyh en cuanto que las personas que confecionan la declaración de la Renta en la aeat ni siquiera representa a  la Agencia en el resultado de esas declaracioones es lo mismo que el borrador.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    Aclarar que yo soy la arrendadora, y alquilé a mis inquilinos la vivienda por 4 meses aunque luego se alargó a 8 porque estaban en un período en el que no tenían vivienda aquí y estaban esperando para marcharse a su país. Así que aunque la duración fuera inferior a un año, era para satisfacer su necesidad de vivienda durante ese impás.

    Reitero que en ningún momento puse que era de temporada, ni el motivo.

    En la cita de la declaración, no he comentado nada de la temporalidad, ha sido la propia chica la que ha leído el contrato.

  • Marta26

    casero/a

    Ese contrato que era de 4 meses iniciales porque motivos lo firmaste? Porque te hacia falta para estudiar, para trabajar, ....?

    Como te han dicho aquellos contratos que sean de duración inferior de 12 meses se peuden considerar de temporada, pero tambien hay que decir que se tiene que incluir el motivo de la temporalidad.

    Prueba de pedir cita previa otro dia y cuando te toque no comentes nada de la temporalidad.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si no me equivoco, a niveles administrativos es contrato de temporada, igual q para recibir la rbe uno de los requisitos es q el contrato sea de una duracion minima de 1 año.

    Por mucho q vayas con leyes o lo q quieras piensa q estas hablando con funcionarios q ademsa no se conocen las leyes, asi q si les han dicho una cosa estan "programados" para hacerlo asi.

    Como es gratuito, si no te gusta siempre puedes pagar un gestor. Es como ir a la seguridad social, si no te gusta el medico o el hospital q te toca, pues paga una mutua

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
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