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Rocio

inquilino/a

Indemnizacion por arrendador
Buenas tardes, Tengo un contrato de alquiler firmado en el año 2011, hace 1 mes me escribio el casero para decirme que necesitaba el piso por divorcio. En mi contrato no puso ningun tipo de clausula de necesidad de la vivienda. Tengo derecho a quedarme hasta que cumpla el contrato?esto seria en enero del 2017,ya que prorrogamos hasta 5 años. Si me marcho antes,me tendria que indemnizar?
Gracias
  • Preguntado por: Rocio
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al ir a cumplir los cinco años el arrendador puede decidir no prorrogar sin ningún motivo especial.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Efectivamente, tal como dice Amparo,  no tienes que irte del piso, salvo que voluntariamente lo hagas, con o sin indemnización.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se firmó en 2011 los 5 años se cumplen este año...
    Si ya se han cumplido entonces tiene 3 años más, pero si no se han cumplido tendrá que irse al cumplirlos.
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